Escándalo con Manaos: la Justicia confirmó el procesamiento del dueño de la marca de gaseosas por evasión fiscal

La Cámara Federal de San Martín confirmó el procesamiento de Orlando Canido y de Refres Now en la causa por Ganancias de 2020.

La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín ratificó el procesamiento y los embargos en la causa por presuntas irregularidades tributarias vinculadas al Impuesto a las Ganancias de 2020

La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó el procesamiento de Orlando Canido y el embargo de sus bienes en una causa que investiga presuntas irregularidades tributarias vinculadas con el Impuesto a las Ganancias de 2020. La decisión también alcanza a Refres Now S.A., la firma que elabora las bebidas de la marca Manaos.

La resolución fue firmada el 22 de octubre por los jueces Juan Pablo Salas, Marcelo Darío Fernández y Marcos Morán, integrantes de la Sala I del tribunal. El documento confirma en todos los puntos recurridos una decisión previa del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Morón N° 3.

El fallo precisa que la revisión abarcó dos aspectos diferentes del expediente: los sobreseimientos por prescripción de la acción penal para hechos correspondientes a los períodos fiscales 2017 y 2018, y los procesamientos y embargos dictados por el hecho vinculado con Ganancias del período fiscal 2020. La Cámara resolvió mantener el pronunciamiento apelado sin modificaciones.

El tribunal mantuvo los procesamientos y los embargos por Ganancias 2020

La causa tramita bajo el número FSM 5439/2024/4/CA3 y tiene como querellante a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que reemplazó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La investigación pone bajo análisis declaraciones juradas, el respaldo de determinadas operaciones y la situación fiscal de la compañía.

Según la resolución de primera instancia, el embargo preventivo dispuesto sobre los bienes de Canido asciende a $ 250 millones. La misma medida patrimonial fue ordenada respecto de Refres Now S.A. Estos embargos buscan garantizar eventuales responsabilidades económicas en el proceso y no implican una condena.

El tribunal mantuvo embargos preventivos de 250 millones de pesos sobre los patrimonios de Canido y de la empresa fabricante de Manaos.

El periodista Gabriel Iezzi dio a conocer el fallo de la Cámara, cuya parte resolutiva indica: “Confirmar el pronunciamiento apelado en todo cuanto fue materia de recurso”. El texto fue incorporado al registro de Cámara bajo el número 12.106.

Entre los puntos que motivaron la investigación figura un préstamo de $ 650 millones declarado por la empresa. La hipótesis de la acusación sostiene que la operación pudo haber sido utilizada para justificar un incremento patrimonial sin respaldo suficiente. Canido afirmó que los fondos habían sido aportados en efectivo por un tercero identificado en el expediente como Lorenzo Pizzo.

La querella cuestionó esa explicación al señalar que Pizzo no habría tenido capacidad económica para otorgar el préstamo en 2020. También se analizan deducciones tributarias, presunta duplicación de facturación y la declaración de pasivos cuya existencia y trazabilidad están bajo revisión judicial.

La causa distingue entre los hechos prescriptos y la investigación que sigue abierta

El pronunciamiento de la Cámara confirma igualmente los sobreseimientos dictados para determinados hechos atribuidos a los ejercicios fiscales 2017 y 2018. Esas decisiones respondieron a la prescripción de la acción penal, tras la aplicación de una modificación del régimen penal tributario que elevó los montos mínimos para la configuración de ciertos delitos.

La distinción resulta central para el alcance de la causa. La investigación incluyó denuncias sobre Ganancias, IVA e Impuestos Internos de distintos años, pero las situaciones procesales no son idénticas. La confirmación conocida ahora se refiere, entre otros aspectos, al procesamiento por Ganancias 2020 y no equivale a validar cada una de las imputaciones planteadas en las distintas etapas del expediente.

Los jueces Juan Pablo Salas, Marcelo Darío Fernández y Marcos Morán convalidaron la resolución del Juzgado Federal de Morón.

Otro eje de la pesquisa son comprobantes emitidos a nombre de distribuidores cuestionados. ARCA había solicitado profundizar la revisión de tickets vinculados con 80 distribuidores, de los cuales 39 figuraban en registros de contribuyentes no confiables durante 2021 y 2022. El organismo busca establecer si esas operaciones existieron, si contaron con respaldo comercial y cuál fue el recorrido de los fondos.

La fiscalización también puso en duda operaciones mayoristas por más de $ 10.000 millones que, según su planteo, no pudieron reconstruirse de forma suficiente. Además, planteó reparos sobre la infraestructura, los activos y la cantidad de empleados declarados en relación con el volumen de actividad atribuido a las firmas involucradas.

Canido continuará en libertad mientras avanza el expediente

El procesamiento es una decisión propia de la etapa de instrucción. Supone que el juez consideró reunidos elementos para continuar la investigación respecto de una persona, pero no define su responsabilidad penal ni reemplaza una eventual sentencia. Canido permanece en libertad mientras sigue el trámite judicial.

La Cámara de San Martín dejó vigente la decisión tomada en julio por el juzgado de Morón. A partir de esta confirmación, el expediente continuará con el análisis de la documentación contable, las operaciones cuestionadas y los descargos de los imputados.

Infobae consultó a representantes de Orlando Canido, pero al momento de la publicación de esta nota no habían realizado comentarios sobre la resolución.

El avance judicial se produce mientras el empresario mantiene su actividad en el mercado de bebidas sin alcohol. En julio de 2025, adquirió las marcas Cunnington y Neuss, que pertenecían a Productos de Agua, en una operación valuada en USD 74 millones. La causa penal tributaria, sin embargo, seguirá su propio curso para determinar si existieron las maniobras investigadas y qué responsabilidades pueden corresponder.

Fuente:Infobae

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