Caso Cupón PBI: la Justicia de EE.UU. falló a favor de la Argentina y evitó un pago de US$500 millones

La Cámara de Apelaciones del segundo circuito de Nueva York rechazó el pedido de los beneficiarios de revisar su decisión previa.
La Justicia de Estados Unidos falló a favor de la Argentina en la causa Cupón PBI-por la manipulación de estadísticas durante el kirchnerismo- y evitó un pago de US$500 millones. Según informó la Procuración del Tesoro de la Nación, la Cámara de Apelaciones del segundo circuito de Nueva York rechazó el pedido de los beneficiarios de revisar su decisión previa sobre el “Caso Aurelius”ante el panel que dictó la sentencia.
Así, el Tribunal reafirmó su decisión del 16 de julio, en el cual rechazó la apelación de los demandantes y confirmó la sentencia dictada en julio de 2024 por la jueza Loretta Preska.
“La resolución constituye la confirmación de un reciente triunfo legal para la República Argentina, al impedir una potencial obligación de pago estimada en aproximadamente $500 millones de dólares. La Procuración del Tesoro, bajo el liderazgo del Presidente Javier Milei, reafirma su compromiso de defender con firmeza los intereses de la Nación y los ciudadanos en todos los procesos judiciales”, destacaron fuentes oficiales tras el fallo.
Se trata de uno de los tres juicios en tribunales estadounidenses por los denominados cupones del PBI en su versión en dólares. En este caso, los demandantes exigían una compensación de 450 millones de dólares bajo el argumento de que se había alterado de forma indebida el método de cálculo del crecimiento económico para evitar disparar los pagos atados al Producto Bruto Interno.
Sin embargo, la Cámara de Apelaciones del segundo circuito de Nueva York argumentó en aquel fallo—al igual que lo había hecho Preska en su momento— que los fondos no cumplieron con una cláusula contractual conocida como No Action Clause, que establece una serie de requisitos que los bonistas deben respetar antes de iniciar acciones judiciales.

Por esa razón, el tribunal ni siquiera analizó el fondo de la cuestión, es decir, si efectivamente hubo o no manipulación de datos por parte del INDEC durante el kirchnerismo.
A pesar del revés en el tribunal de apelaciones, los fondos mantienen abiertos otros dos procesos vinculados al mismo instrumento financiero, con demandas por 6000 millones y 1500 millones de dólares, respectivamente. En esos casos, aseguran haber cumplido con los requisitos contractuales que les permitirían avanzar con las demandas.
Los demandantes argumentan que si la Argentina no hubiese modificado el método de medición del crecimiento económico, debería haber pagado los intereses de los cupones correspondientes a los años 2014 a 2018, y también en 2021 y 2022.
La causa -que finalmente quedó cerrada- era considerada una primera prueba para esos otros juicios, que todavía están en manos de Preska a la espera de lo que ocurriera con esta decisión de la Cámara.
Cupón PBI: un conflicto con dos frentes abiertos
El conflicto judicial en torno al pago de los cupones PBI se originó cuando, en 2013, la Argentina decidió cambiar la fórmula que usa el INDEC para calcular el crecimiento de la economía. Esos bonos pagaban, precisamente, si el PBI aumentaba más de cierto nivel. El reclamo es que el país dejó de publicar el dato de PBI del último trimestre de 2013, cambió la fórmula y dijo que el crecimiento anual fue de 3,2%, justo debajo del 3,3% que gatillaba el pago.
Esta decisión generó reclamos en los tribunales internacionales. En Londres, por la versión del cupón PBI en euros; y en Nueva York, por la serie en dólares. El litigio europeo avanzó más rápido y ya en 2023 el juez de primera instancia condenó a la Argentina a pagar 1300 millones de euros por los intereses correspondientes al cupón PBI durante 2013.
Además, obligó al país a continuar publicando la serie vieja, desde 1993, y a abonar a todos los beneficiarios de los bonos si con esa serie correspondía hacerlo durante los años siguientes. En cambio, no permitió a los acreedores avanzar con embargos hasta que hubiera un fallo de la Corte de Apelaciones.
Fuente: TN