El ministro Adolfo Safrán afirmó que el fallo de la Corte Suprema sobre Ingresos Brutos sólo es para Santa Fe y Salta y “no afecta a Misiones”
La reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el esquema impositivo de las provincias de Santa Fe y Salta no tiene impacto en Misiones, donde “no se aplican alícuotas diferenciales” y se “cumple con los criterios de igualdad tributaria” ratificados por el máximo tribunal, según afirmó el ministro Safrán.
El ministro de Hacienda de Misiones, Adolfo Safrán, informó que un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el Impuesto a los Ingresos Brutos “no afecta a nuestra provincia”, en referencia a la decisión que declaró inconstitucional el esquema aplicado por Santa Fe y Salta a empresas de otras jurisdicciones.
En el caso de Santa Fe, la sentencia del máximo tribunal se originó a partir de una demanda presentada por la firma Rieles y Cosas S.A., radicada en Buenos Aires pero con operaciones en territorio santafesino. La empresa cuestionó tener que tributar una alícuota del 4,5% en concepto de Ingresos Brutos, mientras que las industrias locales abonaban un 3,5%. Para la compañía, esa diferencia implicaba “pagar más por el solo hecho de no estar radicada en la provincia”, mientras que el gobierno santafesino defendía el esquema como una herramienta válida de política fiscal.
Sin embargo, la Corte rechazó ese planteo oficial al considerar que la diferencia de alícuotas “no era neutra ni razonable”, sino que constituía una barrera concreta al comercio interprovincial, por lo que falló a favor de la empresa y declaró la inconstitucionalidad del régimen.
En cuanto a la situación en Salta, empresas cordobesas denunciaron haber perdido beneficios fiscales por no contar con plantas industriales dentro de esa provincia, situación que derivó en reclamos millonarios por parte de la administración tributaria local.
En este contexto, Safrán subrayó que el fallo tiene un alcance acotado y remarcó que “versa sobre la inconstitucionalidad de las normas de dos provincias (Salta y Santa Fe) que les impide aplicar alícuotas diferenciales mayores del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a industrias no radicadas en esas provincias, respecto de la alícuota que tributaban las industrias radicadas en esos territorios provinciales”.
El funcionario provincial fue enfático al señalar que “nuestra Agencia Tributaria no aplica alícuotas diferenciales entre empresas locales y de otras provincias”, y subrayó que “en Misiones, la igualdad ante el impuesto es la regla”. En esa línea, insistió en que la provincia ya cumple con los criterios que ahora fueron ratificados por la Justicia.
“Causas antiguas y cuestiones abstractas”
Safrán contextualizó además que la decisión judicial se refiere a situaciones previas: “El fallo resuelve causas antiguas de Salta y Santa Fe. De hecho, estas provincias ya no aplicaban esas diferencias desde el Consenso Fiscal de 2017, al que las jurisdicciones nos adherimos voluntariamente, con excepción de San Luis y La Pampa”.
Para Safrán, se trata de un caso que en términos jurídicos puede encuadrarse como “cuestiones abstractas”, ya que “resuelve cuestiones que en la práctica ya estaban superadas”, lo que refuerza la idea de que no implica cambios inmediatos para la mayoría de las provincias.
Finalmente, el ministro destacó que en Misiones “seguimos trabajando con reglas claras y transparencia fiscal”, llevando un mensaje de previsibilidad.
Fuente: MisionesOnline






